Las responsabilidades y los derechos de pacientes

UNCHCS reconoce que cada paciente es un individuo con necesidades médicas únicas. El cuidado se debe concentrar en las necesidades de cada paciente y debe proporcionarse de manera considerada y respetuosa de la dignidad personal de cada paciente. Igualmente, UNCHCS espera que cada paciente trate a los proveedores de cuidados de la salud y al personal de manera considerada y respetuosa.  En reconocimiento de estos factores, UNCHCS afirma los siguientes responsabilidades y derechos para los pacientes. Si un paciente es incompetente o incapaz de tomar sus propias decisiones, UNCHCS reconoce al representante autorizado del paciente como la persona que toma decisiones en nombre del paciente.

I. Responsabilidades del paciente

  1. El paciente tiene la responsabilidad de tratar a los proveedores y al personal de UNCHCS con consideración y respeto, sin discriminación con base en la edad, raza, etnicidad, color, religión, cultura, idioma, discapacidad física o mental, estado socioeconómico, sexo, inclinación sexual, identidad sexual (o expresión), nacionalidad de origen.  Esto incluye abstenerse de emplear una conducta o lenguaje inapropiados, discriminatorios, hostigadores o abusivos.
  2. El paciente tiene la responsabilidad de tratar a otros pacientes y visitantes con consideración y respeto, lo cual incluye mantener las conversaciones (en persona o por teléfono), la televisión y dispositivos de audio con el volumen bajo a fin de no perturbar a otros.
  3. El paciente tiene la responsabilidad de seguir las políticas, normas y regulaciones de UNCHCS.  Esto incluye la responsabilidad del paciente de no consumir productos de tabaco, alcohol ni cualquier tipo de drogas o medicamentos que no sean los medicamentos administrados por los proveedores de UNCHCS.
  4. El paciente tiene la responsabilidad de cooperar con sus proveedores a fin de dar información completa y exacta acerca de su salud para facilitar su cuidado y tratamiento. Se espera que el paciente haga preguntas y sea responsable de comunicar a sus cuidadores si no entiende su cuidado o tratamiento.
  5. El paciente no tiene derecho a exigir y UNCHCS no proveerá tratamiento o servicios que se estimen médicamente innecesarios o inapropiados.
  6. El paciente tiene la responsabilidad de asegurarse de que las obligaciones financieras por el cuidado de su salud se paguen en un periodo de tiempo razonable.

II. Derechos de pacientes

A. Tratamiento respetuoso

  1. El paciente tiene el derecho de ser tratado de manera digna y respetuosa, sin negligencia, explotación o abuso, y recibir cuidados de alta calidad según las normas profesionales por parte de personal competente en un ambiente seguro.
  2. El paciente tiene el derecho a atención médica sin discriminación con base en la edad, raza, etnicidad, color, religión, cultura, idioma, discapacidad física o mental, estado socioeconómico, sexo, inclinación sexual, identidad (o expresión) de género, nacionalidad de origen, expresión o fuente de pago.  El Coordinador de la Sección 1557 es el UNCHCS Chief Audit and Compliance Officer 'Auditor en Jefe y Oficial de Cumplimiento de UNCHCS'.  Para contactar con el Coordinador de la Sección 1557 haga lo siguiente; por correo postal:  UNCHCS Chief Audit and Compliance Officer, 5221 Paramount Parkway, Suite 430 Morrisville, NC 27560; por teléfono: 984-974-1027; fax: 984-974-1307; correo electrónico: compliance@unchealth.unc.edu. Cualquier persona que crea que alguien ha estado sujeto a discriminación en los programas y actividades de UNCHCS con base en la raza, color, nacionalidad de origen, sexo, edad o discapacidad puede presentar una queja bajo este procedimiento. Es en contra de la ley que UNCHCS tome represalias en contra de cualquiera que se oponga a la discriminación, presente una queja o participe en la investigación de la una queja.
  3. El paciente tiene el derecho de no ser despertado, de no someterse a procedimientos redundantes, y de evitar tratamientos que causan molestias, excepto cuando sea necesario por razones médicas.
  4. UNCHCS incorporará el derecho del paciente a recibir servicios religiosos y espirituales, en la medida de lo posible.
  5. El paciente tiene el derecho a que todos los documentos relacionados con su cuidado médico se traten de forma confidencial, excepto cuando de otra manera lo establezca la ley o por arreglos contractuales de terceras personas.  El paciente tiene el derecho a tener acceso a su historia clínica, a pedir correcciones, y a obtener información acerca de divulgaciones, según exige la ley y de acuerdo con los procedimientos establecidos por UNCHCS. 
  6. El paciente tiene el derecho a un ambiente que mantenga su privacidad y dignidad, incluido el derecho a privacidad durante tratamiento y actividades de higiene personal.  La exposición del caso clínico, la consulta, el examen y el tratamiento se consideran confidenciales y deben ser realizados de manera discreta.
  7. El paciente que se presenta en el Departamento de Emergencia tiene el derecho de recibir por lo menos una evaluación médica, sin importar la capacidad del paciente para pagar y tiene el derecho a tener cualquier afección médica de emergencia estabilizada o a ser trasladado de manera apropiada.
  8. UNCHCS respeta el derecho y privacidad del paciente a dar o no su consentimiento informado a producir o usar grabaciones, filmaciones u otras imágenes del paciente con otros propósitos aparte de su cuidado médico.
  9. El paciente tiene el derecho a recibir o rechazar a los visitantes que él designe, independientemente de su relación legal. Las visitas sólo se restringen por el personal del hospital cuando el visitante es perjudicial, interfiere con el personal o los cuidados del paciente, o cuando su presencia está contraindicada para el paciente de manera médica o terapéutica

B. Comunicación, información y participación en las decisiones sobre los cuidados

  1. El paciente o su representante autorizado tiene el derecho a recibir información completa concerniente a su diagnóstico, tratamiento y pronóstico en términos comprensibles, incluyendo la información sobre los tratamientos alternativos y las posibles complicaciones.  Se proveerán de forma gratuita un intérprete o adecuados servicios y recursos para discapacitados, siempre que sean necesarios, a fin de que el paciente pueda comunicarse eficazmente con sus proveedores de atención médica.
  2.  El médico debe obtener un consentimiento informado antes de cualquier procedimiento o tratamiento, excepto en caso de emergencia.
  3. El paciente tiene el derecho de que se le notifique rápidamente a su familia y médico sobre su hospitalización. 
  4. El paciente tiene derecho a rechazar medicamentos, tratamientos o procedimientos y el médico le informará sobre las consecuencias médicas de tal rechazo.  El paciente puede ser dado de alta si tal decisión imposibilita que UNCHCS provea cuidados significativos.
  5. El paciente tiene el derecho a recibir ayuda para obtener una consulta con otro médico (a cuenta del paciente).  Si fuera médicamente seguro hacerlo, el paciente tiene el derecho a ser transferido a otra instalación si esta nueva instalación aceptara al paciente y se le hubiera proporcionado al paciente información sobre los riesgos y alternativas.
  6. El paciente tiene el derecho a participar en el desarrollo y la implementación de su plan de alta, lo que incluye que se le informe de los requerimientos continuos para el cuidado de su salud después de darle el alta del hospital y de los medios necesarios para satisfacerlos.
  7. El paciente tiene el derecho, cuando lo solicita, a que le den el nombre del médico que tiene la responsabilidad principal de sus cuidados y los nombres de otros médicos y proveedores que participan directamente en su atención.
  8. El paciente tiene el derecho a la información sobre las voluntades anticipadas, a preparar dichas voluntades anticipadas y a solicitar que el personal y los proveedores médicos cumplan con esta declaración, dentro de los límites de la ley.
  9. UNCHCS documenta los deseos del paciente concernientes a la donación de órganos cuando los dé a conocer, de acuerdo con la ley y las regulaciones.
  10. El paciente tiene derecho a dar su consentimiento para participar o rechazar participar en estudios, investigaciones o ensayos clínicos. Para tomar esa decisión, se informará al paciente sobre la duración y propósito de la investigación, los procedimientos que implica, los posibles riesgos y beneficios, así como los cuidados y tratamientos alternativos disponibles.  (Una junta institucional de revisión puede rescindir o modificar el requerimiento de consentimiento conforme a las regulaciones y leyes aplicables). La negativa del paciente a participar en estudios, investigaciones o ensayos clínicos o la interrupción de su participación en ellos en cualquier momento, no comprometerá su acceso a los cuidados, tratamientos y servicios que no estén relacionados con el estudio.
  11. El paciente tiene el derecho a acceder a servicios de protección y defensa que estén autorizados a actuar en nombre del paciente y UNCHCS facilitará la información de contacto de los grupos de defensa de pacientes cuando la solicite.
  12. El paciente tiene derecho a que se le informe sobre resultados imprevistos de cuidados, tratamientos y servicios.
  13. El paciente tiene derecho a recibir una explicación detallada de su factura.
  14. El paciente tiene derecho a información y asesoría sobre la disponibilidad de recursos financieros conocidos para el cuidado de su salud.

C. Quejas y reclamaciones

  1. No se le puede denegar al paciente el derecho de acceder a un individuo o agencia que esté autorizado a actuar en su nombre para ratificar o proteger los derechos establecidos en este documento.
  2. El paciente tiene derecho a presentar una queja a través del Patient Relations Department, ‘Departamento de Atención al Paciente’ por teléfono al 984-974-5006 o por correo electrónico a patient.relations@unchealth.unc.edu, si el paciente considera que se han violado cualquiera de los derechos antes mencionados.
  3. El paciente también tiene el derecho de notificar a las siguientes agencias externas:
    1. A. El paciente tiene el derecho de notificar al North Carolina Division of Health Service Regulation (NC DHSR) de una queja al teléfono: (800) 624-3004 (en Carolina del Norte) o (919) 855-4500, fax: (919) 715-7724, o por correo postal: Complaint Intake Unit 2711 Mail Service Center, Raleigh NC 27699-2711.

      B. Para notificar a la Joint Commission, una organización acreditadora de hospitales, sobre las quejas respecto a la seguridad del paciente o la calidad del cuidado: fax-Office of Quality and Patient Safety (630) 792-5636; por correo postal: Office of Quality and Patient Safety, The Joint Commission, One Renaissance Boulevard, Oakbrook Terrace, IL 60181, o en www.jointcommission.org utilizando el enlace «Report a Patient Safety Event», 'Notifique un incidente de seguridad del paciente' en el «Action Center» de la página de inicio de la página web.

      C. Quality Improvement Organization (QIO)-Kepro: Si un beneficiario de Medicare tiene una inquietud basada en la calidad de la atención, no está de acuerdo con una decisión de cobertura o desea apelar un alta prematura, puede comunicarse con la QIO.  Para notificar a Kepro, QIO, sobre una inquietud: línea de teléfono gratuita: 888-317-0751, teléfono local: 813-280-8256, TTY: 711, número gratuito de fax: 844-878-7921, o por correo postal: 5201 West Kennedy Blvd., Suite 900, Tampa, FL 33609.

    No Discriminación

    Aviso de no discriminación